InvestigaMas ® Detectives Pensión Compensatoria en Zamora. Consulta Gratuita. Atención 24/H TEL.698145132. Ratificamos nuestros informes en los Juzgados.

Si necesita pruebas para proceder a extinguir una pensión compensatoria en Zamora, en InvestigaMas Detectives ® podemos ayudarle a resolver su caso con todas las garantías legales establecidas.

InvestigaMas ® es un despacho profesional de Detectives Privados que cuenta con los medios necesarios para obtener una prueba con plena validez legal y jurídica en un procedimiento judicial.

Con Licencia Ministerio del Interior 3228, InvestigaMas Detectives ® presta sus servicios de investigación en materia de pensión compensatoria en Zamora a particulares y despachos de abogados tratando de cubrir las necesidades específicas en la materia.

Contamos con los recursos humanos y medios técnicos más avanzados para poder ofrecerle una solución ágil y eficaz a su problema.

QUE ES LA PENSIÓN COMPENSATORIA.

La pensión compensatoria es la que se establece conforme a lo dispuesto en el Art. 97 del Cógigo Civil y consiste en la «prestación económica  que tiene derecho a percibir el cónyuge a quien la separación o divorcio le produzca un desequilibrio económico»

Una vez definido el concepto inicial debemos entender que se trata de una prestación que trata de equilibrar la situación económica del cónyuge que tiene frente al otro una situación económica más desfavorecida.

Claro está que en muchas situaciones las circunstancias varían desde que el convenio regulador fue establecido.

Los Detectives juegan un papel importante en referencia a la extinción o modificación de la pensión compensatoria en Zamora.

Para  determinar si existe un desequilibrio económico  y establecer una pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges, se siguen una serie de criterios que detalladamente vamos a detallar.

Detectives pensión Compensatoria en Zamora

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CRITERIOS BÁSICOS PARA ESTABLECER UNA PENSIÓN COMPENSATORIA.

Continuando con lo dispuesto en el Artículo 97 del Código Civil vamos a desarrollar en base a lo establecido por éste, los criterios básicos  y las circunstancias existentes para valorar la existencia de desequilibrio económico y establecer una  pensión compensatoria en Zamora y resto del territorio de Castilla y León.

Nos referimos a los citados entendiendo que no existe acuerdo previo de los cónyuges y que será el Juez en sentencia el que determinará el importe atendiendo a circunstancias como:

  1. Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges
  2. La edad y el estado de salud
  3. La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo
  4. La dedicación pasada y futura a la familia
  5. La colaboración con su trabajo en actividades mercantiles, industriales, o profesionales del otro cónyuge
  6. La duración del matrimonio y la convivencia conyugal
  7. La pérdida eventual de un derecho de pensión
  8. El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge
  9. Cualquiera otra circunstancia relevante 

Teniendo en cuenta lo anteriormente descrito se fijará la cuantía, forma de pago, así como la forma de actualización de la pensión y su duración y cese.

Cuando la pensión compensatoria es establecida, se cumplen los parámetros para ello exigidos, pero ésta puede ser objeto de modificación o extinción si varían las circunstancias que la motivaron.

Los Detectives en Zamora a través de las investigaciones desarrolladas a diario sobre la pensión compensatoria, comprobamos que la realidad no se corresponde con lo exigido en la legislación vigente.

El obtener la prueba legal de la variabilidad de las circunstancias, es esencial para poder solicitar una modificación de medidas del convenio regulador.

EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA.

Conforme a lo establecido en la legislación vigente el derecho a la pensión compensatoria puede ser extinguida.

  • Por el cese de la causa que la motivó
  • Por contraer el cónyuge que la recibe nuevo matrimonio
  • Por convivir el perceptor de la pensión maritalmente con otra persona

En caso de fallecimiento:

En este caso la respuesta es negativa ya que la pensión no se extingue por el fallecimiento del obligado a hacer efectiva la prestación. Los herederos podrán solicitar a la autoridad judicial competente la supresión o reducción, si el montante económico hereditario no pudiera satisfacer la obligación o afecte en los derechos adquiridos a la legítima.

LA PENSIÓN COMPENSATORIA Y SUS CLASES.

A continuación vamos a distinguir entre las clases de Pensión Compensatoria existentes.

  1. Temporal.
  2. Indefinida.

La fijación pensión compensatoria y conforme a lo establecido por el Tribunal Supremo  «no es un imperativo legal»

Dicha prestación puede ser acordada como antes hemos señalado por los Cónyuges en Convenio Regulador establecido. En caso de no haber acuerdo entre ambos, será el Juez quien el que determine la misma así como sus plazos.

La pensión sin una limitación en el tiempo, (Vitalicia),  acordada por los cónyuges no podrá ser limitada de forma judicial.

Si necesita información adicional al respecto de la extinción de una pensión compensatoria en Zamora o localidades próximas como Benavente, Puebla de Sanabria, Toro, Villapando, Villaveza… Consúltenos.

En InvestigaMas Detectives ® le asesoraremos sin compromiso alguno en lo referente a la modificación de medidas del convenio regulador.

Puede ponerse en contacto con nosotros a través del servicio de Atención 24/H TLF. 698145132. Una vez conocidos todos los detalles de la investigación a realizar, le facilitaremos una tarifa de precios y presupuesto de forma totalmente gratuita para que pueda tomar la decisión más adecuada.

El 99% de las sentencias favorables obtenidas de los Juzgados y Tribunales de Justicia en Castilla y León avalan nuestros resultados.

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